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La Fundación CONAMA y Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales debaten en Sevilla la ley destinada a la mejora ambiental en Andalucía
Fecha inicio: 24/10/2007
Fecha fin: 24/10/2007
Localidad: Sevilla
Provincia: Sevilla
Sede: ETS Ingenieros Industriales
Precio: Gratuita

Organizado por:
Entidad: Colegio Oficial de Físicos
Fundación CONAMA
Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales
Dirección Web: www.fys.es/fys/cm_view_tevento.asp?id=2001115
e-mail: coiiaoc@coiiaoc.com
 Resumen:
Ambas entidades analizarán el próximo 24 de octubre en Sevilla las repercusiones de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA) que fue aprobada por el Parlamento Andaluz el pasado 9 de junio.
Más Información:

Entre los temas que se abordarán en las jornadas destaca la mesa redonda: «Evaluación ambiental por sectores», moderada por Jerónimo Vida en representación del Colegio Oficial de Físicos (COFIS). En esa charla se discutirá sobre las herramientas que tienen que emplearse para adecuar la normativa vigente andaluza sobre contaminación acústica al nuevo modelo nacional y europeo. Además de tratar la contaminación sonora, los expertos hablarán sobre la contaminación lumínica, ya que es la primera vez que una ley andaluza de estas características incluye elementos que prevengan el exceso de luz en las ciudades. No obstante, «no sólo debatiremos los logros de esta ley, sino también sus carencias», afirma Vida. Y es que la GICA no incluye las nuevas formas de contaminación del siglo XXI, como puede ser la electromagnética, producida por la radiación de las antenas de telefonía móvil en las ciudades.


A pesar de no contemplar este tipo de contaminación, esta normativa supone un «cambio de mentalidad» a la hora de tratar la temática medioambiental, «puesto que hasta ahora sólo existía una legislación que se aplicaba una vez se había contaminado», añade el experto. Ahora, lo que la GICA pretende es imponer una ley global para evitar que se produzca cualquier tipo de contaminación.

 

¿En qué consiste la ley?

 

 

La ley racionaliza, completa y actualiza el régimen de vigilancia e inspección, y configura un conjunto de infracciones y sanciones que tienen como fin último lograr que se respete con máxima eficacia el principio de «quien contamina paga» y la restauración de los daños ambientales que se produzcan. La determinación de las responsabilidades en cada caso y la fijación de los comportamientos que se consideran infracción administrativa es uno de los cometidos obligados de este texto normativo que tiene en la actualización uno de sus máximos propósitos.

En primer lugar, se aborda la incidencia ambiental de instalaciones industriales, reduciendo la transferencia de contaminación de un medio a otro; en segundo lugar, se lleva a cabo una simplificación administrativa de los procedimientos para que el resultado de la evaluación global de la actividad culmine en una resolución única, la autorización ambiental integrada, y, por último, se determinan en la autorización los valores límites exigibles de sustancias contaminantes conforme a las mejores técnicas disponibles en el mercado para conseguir el menor impacto ambiental. Se crean así la Autorización Ambiental Integrada y la Autorización Ambiental Unificada.

Novedades

En materia de contaminación acústica se establece una regulación que incluye también una nueva zonificación del territorio en áreas acústicas, establece el marco legal para la realización de mapas de ruido y planes de acción, y, por último, establece el régimen aplicable en aquellas zonas en las que no se cumplan los objetivos de calidad acústica exigidos.

 

Para conseguir estos objetivos, se establece el llamado ejercicio de la responsabilidad compartida entre las Administraciones públicas y la sociedad en la protección del medio ambiente.

En este sentido, se potencia el desarrollo de mecanismos como los acuerdos voluntarios y se crea un distintivo de calidad ambiental para las empresas andaluzas. En esa línea, se promueve, también, la utilización de instrumentos económicos que incentiven la inversión en tecnologías limpias que produzcan una disminución de la incidencia ambiental de las actividades productivas. Se desarrolla, además, un régimen de responsabilidad por daños al medio ambiente, donde se hace obligatoria la exigencia de garantías financieras que respondan de los posibles daños ambientales producidos por determinadas actividades.

Junto a otros instrumentos ya existentes como la fiscalidad ecológica, y la potenciación de la innovación y la inversión en mejora ambiental de las empresas, la norma juega un papel de incentivo.




 



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