La Directiva 2000/60/CE, conocida como Directiva Marco del Agua (DMA), tiene por objeto el establecer un marco para la protección de las aguas superficiales continentales, las aguas de transición, las aguas costeras y las aguas subterráneas. Este objetivo se concreta en la obligación por parte de los Estados Miembros de proteger, mejorar y regenerar todas las masas de agua, con el fin último de alcanzar un "buen estado" de dichas aguas.
Se puede decir que nos encontramos a mitad de un camino que se inició a finales del año 2000 con la aprobación de la Directiva y que tendrá sus hitos principales a finales del 2009 con la promulgación de los planes de cuenca, a finales del 2012 con su puesta en práctica operativa y a finales del 2015 con la consecución de sus objetivos. En este camino ya se están dando pasos importantes como la definición del marco de referencia: la transposición de la Directiva, la delimitación de las demarcaciones hidrográficas o la designación de las autoridades competentes y, sobre todo, la realización de los análisis previstos en el artículo 5 de la Directiva que deben proporcionar una primera apreciación de las masas de agua en riesgo de no alcanzar los objetivos de la directiva considerando el estado de la recuperación de costes en la demarcaciones hidrográficas.
Los pasos que quedan son cruciales: la definición de los objetivos concretos a alcanzar en cada masa de agua y sus posibles excepciones, el planteamiento de programas de medidas eficientes en r elación a su coste y los correspondientes Planes de Cuenca..