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GT-5. Restauración de ríos y humedales.
Jueves, 30 de Noviembre de 2006

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Este grupo reflexionó sobre la situación actual de los ríos y humedales españoles buscando respuesta a la pregunta...¿Qué ríos queremos?
Valores, beneficios y ventajas de la integridad ecológica de los biomas acuáticos
Los conjuntos formados por los ecosistemas asociados a ríos y humedales poseen -en la medida que no hayan sufrido deterioro- valores (tangibles e intangibles), funciones y utilidad; traducibles en beneficios de toda índole: sociales, económicos y ambientales. Entre ellos, los verdaderos servicios de abasto, regulación y reutilización de un bien tan vital y frágil como el agua: su contribución al bienestar y a la calidad de vida es significativa, marcando un diferencial entre las sociedades que disfrutan de territorios con biomas acuáticos en óptimas condiciones y las que no (debiendo prescindir de tales servicios básicos o, si se lo pueden permitir, dotarse de infraestructuras que brinden algo análogo; si bien casi siempre con mucho mayor riesgo de ineficacia o contraproducción). Preservar su muy buen estado o hacer (directa o indirectamente) que su actual situación tienda a acercarse a él, supone ventajas tanto en términos de incrementos de reservas, como de garantías de obtención de los beneficios mencionados y otros.

Escalas de valores y principios de comportamiento
Por ello, las pautas o modelos de comportamiento, tanto individual como colectivo, tanto privado como público, deben dar muestras del respeto y el cuidado que merecen los ríos y los humedales en un sentido amplio (incluyendo aquí sus ecosistemas ribereños –también los costeros y de transición- y los manantiales o demás interconexiones de las aguas superficiales y las subterráneas). Las administraciones del agua deben asumir un papel de liderazgo sobre estas cuestiones dentro de sus propios gobiernos (por convicción de integración -además de como imprescindible forma de colaboración interadministrativa-) y hacia sus respectivas sociedades; trabajando en red y abriéndose a la cadena de la participación activa: información, concienciación, motivación y movilización. Los movimientos sociales y el voluntariado deben ser fomentados. Los principios y mandatos de la Directiva Marco del Agua deben ser priorizados; sirviendo los valores intangibles (emocionales, estéticos, lúdicos, paisajísticos, identitarios, comunicativos) de ríos y humedales como estímulo e incentivo de ganancia mutua para todas las partes involucradas en el proceso.

Son conexiones que exigen espacio y tiempo (además de caudales, evidentemente)
La característica fundamental de los ríos y humedales son sus conexiones. Sus numerosos niveles y dinámicas de interacción hacen que, para restaurarse, necesiten de espacio y tiempo adecuados a su escala estructural y funcional (así como, obviamente, de regímenes de caudales sólidos y líquidos y de niveles apropiados de nutrientes). La vegetación ribereña tiene también un papel fundamental, siendo su progresión el motor de la restauración: el proceso preponderante durante casi todo el tiempo de intervalo entre episodios dinámicos extremos, igualmente imprescindibles.

La naturaleza de la cuestión conduce a enfoques sistémicos y participativos
La complejidad y la susceptibilidad del tema (la salud de dichos biomas) conducen a enfoques que equilibren lo sistémico (de integridad ecológica) y lo participativo (corresponsabilidad al fijar el límite de aceptación social para su deterioro y su correspondiente factura). Dados los grados de desconocimiento e incertidumbre existentes, los procesos de respuesta han de ser flexibles, con principios de mínima intervención (también cualitativa: viveros locales con especies de la zona) y de máxima reversibilidad (las grandes bazas de la ecoingeniería), así como sujetos a revisión previa y seguimiento (incluyendo, a poder ser, exigencias decrecientes de mantenimiento –además de adecuadas a la fenología-). Su posible alejamiento de las demandas sociales cotidianas hace que sea perentoria una intensiva labor pedagógica. Su especificidad lleva a que los consensos técnico y social hayan de construirse caso a caso, respondiendo a una visión de largo plazo, que se compatibilice –como garantía de futuro- con la pervivencia autónoma de las funciones y estructuras de los ecosistemas afectados, así como un cierto margen de capacidad de rectificación. Los equipos de trabajo han de ser transdisciplinares y reflejar la idiosincrasia particular de la sociedad en que se insertan, dando voz a todas las partes interesadas (incluidas las generaciones venideras). Se necesita un cambio de misión en las autoridades del agua, una nueva manera de gestión que ha de estar operativa en lo esencial antes de concluir las labores de restauración: no resulta rentable, ni apropiado, ponerse a restaurar sin tener preparado un contingente humano y unos medios que serán de inmediato imprescindibles para la conservación y gestión de lo revalorizado. Los resultados –el mejor acicate para la participación social- han de ser objeto de rigurosa valoración y pública rendición de cuentas, así como de control social activo (antes, durante y después). Ha de extraerse el potencial científico y pedagógico de cada iniciativa (como es el caso del control de especies invasoras). Ejemplos de demostración de verdaderas restauracuiones –con suficiente magnitud- debidamente auditados y evaluados tienen un gran interés a estos efectos. Guías metodológicas apropiadas, con criterios, objetivos e indicadores explícitos, poseen asimismo un papel formativo, sobre todo para evitación de planteamientos equivocados y errores básicos todavía frecuentes (también detectables y corregibles en la mencionada etapa de rigurosa revisión, previa a cada iniciativa).

Un problema territorial con especificidad mediterránea
Hallándose, por lo general, en vías de resolución los deterioros puntuales de calidad (y reconocido por Ley –no aún en los hechos- el carácter de reservas previas de los caudales de mantenimiento de los ecosistemas), el actual mayor problema de los ríos y los humedales es de índole territorial: concentrar la capacidad estructurante de su entorno (sobre todo en los ámbitos urbanos) y la acumulación de actividades difusas en el resto. Esta presión colonizadora debe atenuarse o revertirse. No es posible, en el primer caso, ocupar el espacio fluvial, desoyendo las insoslayables limitaciones que establece la dinámica del río o humedal que se trate; mucho menos interponiendo (sin contrarrestarlos) elementos poco adaptables y que no hacen sino reforzar dicha dinámica: el incremento de la vulnerabilidad social da cuenta de una espiral de riesgo cuya única fórmula de mitigación es la humildad, traducida en devolución de territorio (para disipación y amortiguación) al río o al humedal. Tampoco es admisible una gestión agroforestal que imite la citada codicia urbana o que no tenga en cuenta las consecuencias de saturación de los ciclos de nutrientes o de concentración de tóxicos en las masas de agua (al igual que resulta totalmente irresponsable permitir o causar la entrada descontrolada en los ecosistemas de especies ajenas, luego de muy complicada y costosa erradicación). Cabe destacar aquí el carácter singular de nuestros cursos de agua, manantiales y humedales mediterráneos: su temporalidad en cuanto a presencia de caudales o aguas libres y su mayor relación –en algunos casos totalmente determinante- con los niveles freáticos. Esta mayor conexión entre aguas superficiales y subterráneas, unida al carácter estratégico y a la menor tasa de autodepuración de estas últimas, hace aumentar la fragilidad de la ya de por sí delicada convivencia entre sociedades consumistas y ecosistemas acuáticos en óptima salud (incluso sin contar con un -ya evidente- cambio climático). En consecuencia, las garantías que éstos aportan cobran aún, si cabe, mayor valor.

Es urgente e importante conservar, proteger y recuperar (así como no deteriorar)
Todo lo anterior atribuye gran importancia a conservar y proteger los ecosistemas acuáticos que tenemos, así como a su recuperación. El mandato de la Directiva Marco del Agua de obtención del buen estado ecológico para todos ellos –cuyos avances son por ahora insuficientes-, no hace sino pasarnos (de golpe y a vencimiento fijo) la factura del deterioro acumulado por los ríos y humedales en las últimas décadas. Con un obvio e inmediato corolario de no deterioro a partir de su misma entrada en vigor: la confrontación de iniciativas actuales que supongan mermas significativas o permanentes de la salud de los biomas acuáticos ha de llevarse a cabo en todos los frentes, incluidas tanto la movilización social como la acción judicial, instando las correspondientes moratorias. Es preciso permanecer muy vigilantes a fin de que no se siga destinando ni un euro más a intervenciones que no se sometan a un cuidadoso seguimiento de su bondad así como a un esmerado mantenimiento de lo conseguido (la falta de éste constituye la mayor causa de fracaso). El imprescindible esfuerzo financiero ha de explicarse en clave positiva: subrayando los valores, los beneficios y la capacidad para pagarlo. Salvo excepciones, tanto por cuestiones de eficacia como de eficiencia y economía, y con un sentimiento de urgencia, se ha de comenzar por garantizar la preservación de lo existente, avanzando para los restantes casos con criterios de oportunidad y factibilidad, según los cuales tendrá preferencia (en general) la restauración pasiva, una vez eliminada la fuente de degradación. Los senderos y caminos fluviales que permitan acercar a los ciudadanos a los valores naturales de nuestros ríos no deben derivar en “parques fluviales” urbanizados que sustituyan a las zonas verdes urbanas y supongan (por su tratamiento o por una masificación que vaya más allá de la capacidad de acogida del ecosistema) pérdida de funcionalidad de los espacios fluviales. Puntualmente justificada por su gran potencial de pedagogía social, en los tramos urbanos donde ya no es posible la restauración se debe intentar hacer compatible el acceso y uso lúdico con la mayor funcionalidad ecológica posible de las zonas rehabilitadas. Todas estas actuaciones deben evaluarse dentro del proceso general a nivel de cuenca, haciéndolas al mismo tiempo compatibles con los objetivos de escala y particularidades concretas del tramo en cuestión. En cualquier caso, la nueva gestión ha de compartir responsabilidades y congregar voluntariedades.

La lacra de la confusión terminológica esconde falta de calidad
No debe seguirse permitiendo la confusión terminológica: la titulación de las iniciativas ha de ser coherente con sus metas reales (explicitadas en la forma de objetivos ambientales). Serán restauración únicamente aquéllas que procuren mejoras ecológicas en la estructura y el funcionamiento de lo afectado; eliminando, minimizando o compensando causas de degradación, así como restableciendo o asegurando procesos, dinámicas naturales y conexiones, de modo que tienda al funcionamiento autosostenible. El resto, según el caso, debe situarse en la categoría de rehabilitación, mejora o mantenimiento. Se hace necesario asimismo un instrumento independiente de certificación voluntaria de la calidad conceptual y documental de las propuestas, cuya articulación aparece como uno de los fines originarios del Centro de referencia en restauración que la Fundación Nueva Cultura del Agua tiene como objetivo establecer en Tortosa (con sede en su Casa del Agua y formando parte de la red europea ECRR).

Conceptos a revisar
Deberian revisarse los conceptos y definiciones normativas de dominio público hidraulico y zonas inundables, introduciendo variables más ecosistémicas y transdisciplinares, en consonancia con los llamados “espacios de libertad” de los rios. El deslinde no se considera la herramienta más útil de cara a la restauración, dados el poco espacio fluvial que comprende y su posible utilización para encorsetar la dinámica, así como la ausencia de criterios ecosistémicos en su formulación actual; si bien es un buen instrumento para determinar las zonas de titularidad privada y pública y por tanto puede ayudar en la ejecución de dichas actuaciones. Análogamente, ha de cuidarse el uso del término encauzamiento para referirlo a actuaciones dentro de la restauración, debido a sus connotaciones de cerramiento y dirección. Los nuevos conceptos y definiciones de los espacios fluviales, incorporando los requisitos hidromorfológicos, deberían tener reconocimiento en la normativa urbanística y de ordenación del territorio.




 



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